Javier Pérez Royo, jurista español,
Catedrático de Derecho
Constitucional
en la Universidad de Sevilla
y comentarista político.
Condición sine qua non
Cuando el porcentaje a favor del referéndum alcanza en una sociedad
el 80%, no es posible que se pueda abrir un debate político normalizado
en ausencia del mismo
Sin referéndum, los no independentistas están prácticamente privados de la palabra y condenados, por tanto, a la esterilidad
La celebración de un
referéndum en Catalunya, a fin de que los ciudadanos de dicha comunidad
manifiesten su voluntad de mantener su integración dentro del Estado
español o de constituirse en Estado independiente, se ha convertido en
una condición sine qua non para que la competición política pueda
desarrollarse con arreglo al canon de lo que se considera que es una
competición democrática en cualquier país civilizado.
Es verdad que al constituyente español de 1978 no se le pasó siquiera
por la cabeza que pudiera llegar a celebrarse un referéndum, a fin de
que Catalunya y País Vasco pudieran independizarse. En esto el
presidente del Gobierno tiene razón. Lo que ocurre es que, para tratar
de evitar que tal eventualidad pudiera llegar a plantearse, fue para lo
que se diseñó en la Constitución la vía de acceso a la autonomía de las
“nacionalidades” que “en el pasado hubiesen plebiscitado afirmativamente
proyectos de Estatutos de autonomía”, que consistía en el pacto entre
los Parlamentos de dichas comunidades y las Cortes Generales, que
posteriormente sería sometido a referéndum. El pacto entre el Parlamento
de Cataluña y las Cortes Generales y el referéndum de los destinatarios
del pacto es la Constitución Territorial de 1978. Dado que la reforma
de esta Constitución Territorial exigía la renovación del pacto entre
los dos Parlamentos y la ratificación del mismo en referéndum, el
constituyente consideró que jamás se plantearía la convocatoria de un
referéndum de independencia. El proceso diseñado en la Constitución para
la aprobación y reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña
garantizaba que así sería.
Y así ha sido hasta que el TC aprobó la STC 31/2010,
sobre la reforma del Estatuto de Autonomía de Catalunya aprobada y en
vigor desde 2006. Hasta ese momento el porcentaje de ciudadanos en
Catalunya que aceptaban la Constitución y el Estatuto de Autonomía, el
llamado “bloque de la constitucionalidad”, como fórmula de integración
de Catalunya en el Estado español ha estado siempre en torno al 80 %. El
independentismo ha sido una opción casi anecdótica hasta 2010.
Es la STC 31/2010 la que lo cambió todo, en la medida en que destruyó
la Constitución Territorial de 1978. La STC 31/2010 desautorizó el pacto
alcanzado entre el Parlament y las Cortes Generales y desconoció el
resultado del referéndum de ratificación de dicho pacto. Los dos
elementos esenciales de dicha Constitución Territorial, el pacto
interparlamentario y el referéndum, quedaron invalidados como fórmula de
integración de Catalunya en el Estado.
A partir de
ese momento, se produce una transferencia del apoyo ciudadano del
“bloque de la constitucionalidad” a la convocatoria de un referéndum
para que los ciudadanos de Catalunya se pronuncien sobre su integración
en el Estado. El mismo 80% que ha estado apoyando ininterrumpidamente
desde la entrada en vigor de la Constitución y el Estatuto dicho
“bloque”, ha pasado a apoyar la convocatoria del referéndum. Todos los
estudios de opinión lo confirman. Entre el 70 y el 80% se cifra el apoyo
en Catalunya a la celebración del referéndum. Esto es lo que ha
ocurrido entre 2010 y 2017.
Cuando esto ocurre,
cuando el porcentaje a favor del referéndum alcanza en una sociedad el
80%, no es posible que se pueda abrir un debate político normalizado en
ausencia del mismo. Sin referéndum falta el oxígeno imprescindible para
que pueda existir un debate político. El único discurso posible es el de
la reclamación de que el referéndum se celebre. O dicho de otra manera:
el único discurso posible es el que en este momento representa el
nacionalismo independentista.
Mientras no se acuerde
la celebración de un referéndum, los no independentistas estarán
prácticamente privados de la palabra y condenados, por tanto, a la
esterilidad. Lo estamos comprobando desde 2012. La única voz que se
viene oyendo desde entonces es la del nacionalismo independentista. Una
voz que prácticamente no había estado presente en el sistema político
catalán en democracia, ha sido escuchada por un tercio del censo
electoral, que es un 47% de los ciudadanos que ejercen el derecho de
sufragio que acaba conformando una mayoría absoluta parlamentaria.
Enfrente no hay prácticamente nada. Puede haber una mayoría social que
no quiere la independencia. Pero se trata de una mayoría que no puede
expresarse políticamente en cuanto tal. Se ve obligada a expresarse de
una manera fragmentada e inconexa, convirtiéndose de esta manera en poco
relevante políticamente.
Mientras la posición del
Gobierno de la nación siga siendo la que es respecto del referéndum, no
hay debate político posible en Catalunya ni entre Catalunya y España.
Los partidos de gobierno de España, PP y PSOE, cuya presencia relevante
en el subsistema político catalán es indispensable para que dicho
subsistema pueda considerarse parte del sistema político español, están
condenados a la marginalidad. Y cada vez más. El Estado no puede estar
ausente de Catalunya. No puede estar presente exclusivamente como
“enemigo”, como lo calificó en su día Artur Mas.
Hay
que darle la posibilidad a la eventual mayoría social no independentista
de que se exprese políticamente en cuanto tal, restaurándose de esta
manera las condiciones que hagan posible un debate político digno de tal
nombre. Ya no hay posibilidad de dar marcha atrás y parar la historia
en un momento en el que no hubiera sido necesario la celebración del
referéndum. No hay debate político posible sin la celebración del
referéndum. Hubiera sido preferible no llegar a este punto. Pero hemos
llegado.
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