©EFE
Pdr Snchz: Soy mujer, menopausica y provida por lo que a mi la ley del aborto como que ni fú ni fá. Francamente, si una cosa no me concierne ¿Para qué voy a preocuparme por ella?
Pdr Snchz: Soy mujer, menopausica y provida por lo que a mi la ley del aborto como que ni fú ni fá. Francamente, si una cosa no me concierne ¿Para qué voy a preocuparme por ella?
Pero tengo un problema, pertenezco a una generación en la que se hablaba poco del YO y mucho del NOSOTROS y luchábamos todos a una por un mundo mejor, más justo, más equilibrado y sobre todo más libre.
Recuerdo que la primera vez que hablé del aborto en mi casa fue en una comida en la que comuniqué , por si acaso mis actos tenían consecuencias, que había firmado un manifiesto en el que declaraba que había abortado. Mi padre, jurista, ojoplático me preguntó ¿Que tú has abortado?. No papá, yo no he abortado pero van a condenar a unas mujeres y médicos por hacerlo y cientos de mujeres hemos decidido autoinculparnos para ponérselo difícil a la justicia. El silencio llenó la habitación y seguimos comiendo.
Sé que mi sinceridad fue muy dificil de digerir para mis padres, educados bajo unos estrictos principios religiosos y morales, sé que sus miradas fueron de reproche y dolor pero nunca olvidaré ese silencioso respeto.
©David Cancio
Días más tarde supe que aquellas firmas sirvieron para que no se condenara a personas que habían abortado en España, país en el que sólo delinquían las mujeres que no se podían permitir viajar a otro que dejaba limpio su historial abortista.
Hace unos meses, un domingo a primera hora paseábamos Harold y yo cerca del Rastro. Una muchacha se acercó y me preguntó si conocía por allí un sitio de planificación familiar.
Es posible, pero un domingo está cerrado. Ante su cara de angustia le pregunte si podía ayudarle y me comentó que nececesitaba la pildora del día después.
Allí hay una farmacía, señalé, inténtalo.
Su cara era otra, su voz se había relajado y esto me permitió preguntarle que cómo había consentido tener relaciones sin poner precauciones.
Yo quería, pero él me dijo que si tenía que usarlas era porque yo no le quería.
¿Y tú crees que él te quiere?. Fue incapaz de contestar.
Hablamos de amor, compromiso, lealtad y sobre todo de respeto a uno mismo. Le recordé que no sólo existe el peligro de un embarazo no deseado sino las enfermedades de transmisión sexual.
Se despidió con una sonrisa y una promesa: a partir de ahora pensaría más en ella.
Muchas veces he recordado este encuentro y me pregunto si las hormonas, la inmadurez y el miedo al rechazo, a no ser querida, no le habrán jugado otra mala pasada.
Llevamos muchos años de lucha para que la educación, la sanidad y la información ayude a que se conozcan y utilicen los métodos anticonceptivos y descienda el número de abortos. Parece que entre todos lo hemos conseguido.
En 2011 se realizaron 118.359 abortos, según informa el Ministerio de Sanidad en su web frente a los 300.000 mil de 1974 que reconoce la memoria del Fiscal del Tribunal Supremo. Una gran bajada teniendo en cuenta que la población femenina a aumentado considerablemente y los abortos fuera de España ya no se realizan en masa.
En 2011 se realizaron 118.359 abortos, según informa el Ministerio de Sanidad en su web frente a los 300.000 mil de 1974 que reconoce la memoria del Fiscal del Tribunal Supremo. Una gran bajada teniendo en cuenta que la población femenina a aumentado considerablemente y los abortos fuera de España ya no se realizan en masa.
Las mujeres somos madres, somos y damos vida, somos más provida que nadie y no nos gusta el aborto.
Pero no podemos esconder la realidad: Desde que el mundo es mundo, las mujeres han abortado y seguirán haciéndolo a pesar de las amenazas divinas y humanas que han sufrido.
Por este motivo queremos que el aborto sea legal frente a los abortos clandestinos que enferman, denigran y matan a las mujeres. Queremos una ley que ampare y proteja a las mujeres que decidan hacerlo y que lo hagan en las mejores condiciones posibles.
Pero no podemos esconder la realidad: Desde que el mundo es mundo, las mujeres han abortado y seguirán haciéndolo a pesar de las amenazas divinas y humanas que han sufrido.
Por este motivo queremos que el aborto sea legal frente a los abortos clandestinos que enferman, denigran y matan a las mujeres. Queremos una ley que ampare y proteja a las mujeres que decidan hacerlo y que lo hagan en las mejores condiciones posibles.
Estos días el PP planea una nueva reforma y el congreso está en pie de voto. La conciencia masculina parece que siempre pasa factura a los mandatarios socialistas que unas veces
©Marisa Florez
se ausentan del emiciclo para no votar una ley de ampliación de supuestos que él mismo consigo mismo propone como Presidente del gobierno , caso de Felipe González, 1995.
O en el caso del pasado 14 de abril que PdrSnchz votó con el PP la reforma de la ley.
Sólo hay tres botones , tres posibilidades...
¿De verdad era tan difícil acertar con el boton correcto o para usted votar un 14 de abril le confunde?
©Marisa Florez
se ausentan del emiciclo para no votar una ley de ampliación de supuestos que él mismo consigo mismo propone como Presidente del gobierno , caso de Felipe González, 1995.
O en el caso del pasado 14 de abril que PdrSnchz votó con el PP la reforma de la ley.
Sólo hay tres botones , tres posibilidades...
¿De verdad era tan difícil acertar con el boton correcto o para usted votar un 14 de abril le confunde?
Ha pedido perdón y dice que nos quiere mucho. Para mostrar su arrepentimiento a utilizado una cita de Catón Puedo perdonar los errores ajenos, pero no puedo
perdonarme los errores propios.
Errar es humano y pedir perdón un detalle pero sabe lo que le digo que yo no le perdono, el perdón en las iglesias y sus confesionarios.
No se si su ¿equivocación? es debida al subconsciente, al inconsciente, a su torpeza, a su manía a Zapatero o a sus asesores de imagen
para que se hable de usted aunque sea mal.
En cualquier caso es imperdonable
para que se hable de usted aunque sea mal.
En cualquier caso es imperdonable
Pero le recuerdo que usted, azote y conciencia del nuevo socialismo, sabe que los errores en política se pagan y espero que éste, uno más de su ya larga lista de errores, tenga un precio tan alto que no se le olvide ni perdone nunca.
Por cierto cuídese la espalda, una ¿catalana? cabalga de nuevo.
En España la interrupción voluntaria del embarazo siempre se legislaba para prohibirla.
El Código Penal Español de 1822 en su
artículos 639 y 640 establecía penas de reclusión en distinto grado que
podían alcanzar los 14 años para los profesionales que lo facilitaran y
de hasta 8 años para las mujeres embarazadas que abortaran.
El 25 de diciembre de 1936, Cataluña, legisla la ley del aborto más progresista de Europa. Se legaliza el aborto libre durante las 12 primeras semanas de embarazo mediante decreto firmado por Josep Tarradellas y publicado el 9 de enero de 1937 (Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, núm.9).
Y la República, siendo ministra de sanidad la cenetista Federica Montseny
y con el socialista Francisco Largo Caballero como Presidente del Gobierno, crean una ley que despenaliza la práctica del aborto.
Pero su vigencia duró muy poco, desde noviembre de 1936 a mediados de mayo de 1937, pues el bando franquista la derogó.
Franco y su código penal de 1941 endureció las
penas sobre el aborto con prisión mayor. Eso provocó que muchas mujeres
usaran como interrupción del embarazo métodos varios : introducir una ramita de perejil en la vagina, jabón, ajo, vinagre,
dar saltos, tirarse por una escalera...
o ponerse en manos
indocumentadas que llevaron a muchas de ellas a morir en el intento, eran las pobres. Las ricas viajaban al extranjero, abortaban, se reconstruían el himen y aquí no ha pasado nada. En
1974, la memoria del Fiscal del Tribunal Supremo hablaba de 300.000 abortos en aquel año.
Años más tarde la democracia al mando de Felipe González nos trajo de nuevo la
Ley Orgánica 9/1985 de reforma del artículo 417 bis del Código Penal,
despenalizando el aborto en tres supuestos: en cualquier momento si existe "un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada"; en las 12 primeras semanas en caso de violación; y dentro de las 22 semanas si el feto va a nacer con "graves taras físicas o psíquicas". Pero legisló también penas de seis meses a un año de cárcel (o multa de 6 a 24 meses) para las que abortaran fuera de los tres supuestos.
El
Partido Popular recurrió está primera reforma pero el Tribunal Constitucional validó los tres supuestos.
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Felipe González, presionado entre otras por las mujeres socialistas, en 1995 propone de nuevo una reforma de la ley que contempla un cuarto
supuesto para permitir la interrupción voluntaria del embarazo
en caso de que supusiera un conflicto personal, familiar o social para
la mujer.
El 14 de diciembre de 1995 se aprobó en el Congreso, por mayoría absoluta, el
proyecto de ley pero la convocatoria anticipada de elecciones evitó el debate
en el Senado y detuvo el cambio legislativo.
Un último esfuerzo intentó sacar adelante la ley. Se propone la celebración de un pleno extraordinario para adelantar el debate. Los votos a favor y en contra estaban muy ajustados. El día de la votación llegó y ante la sorpresa de todos Felipe González se ausento, no acudió a votar y no se pudo celebrar el pleno extraordinario por no obtener la mayoría suficiente. Perdieron la votación. Sé que muchas mujeres del PSOE todavía no se lo han perdonado.
Con Zapatero de Presidente, el 24 de febrero de 2010 el Senado aprobó definitivamente la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, conocida como la Ley Aido. Esta nueva reforma sustituye los supuestos por derechos y plazos. El aborto es un derecho de la mujer al que puede acojerse hasta la semana 14 de gestación y hasta la 22 en caso de riesgo de la vida o salud de la mujer o graves anomalías en el feto, siempre que, en este último caso, haya un dictamen emitido por dos médicos especialistas distintos a los que practican la intervención.
Si
se descubren anomalías incompatibles con la vida o enfermedad
extremadamente grave e incurable del bebé, no hay límite de tiempo, y de
acuerdo con la opinión de un comité clínico.
En los casos de chicas
de 16 y 17 años que quieran abortar al menos uno de los padres o tutores
legales de la menor debe ser informado, excepto si alegan riesgo de
amenazas, coacciones o malos tratos en el ámbito familiar, en cuyo caso
la decisión recae en el médico.
Está recurrida ante el Tribunal Constitucional por el PP y
el Gobierno navarro, que pidieron su suspensión cautelar que fue
rechazada.
El PP incluyó en su programa electoral la reforma de la ley del aborto. El encargado fue Alberto Ruíz Gallardón que preparo con mimo su proyecto estrella en el que de nuevo aparecen los supuestos y se anula el derecho al aborto libre y de nuevo hay delito.
Su anteproyecto de ley reducía los supuestos a violación dentro de las 12 primeras semanas y riesgo para la salud psíquica y física de la madre en las 22 primeras.
Respecto al supuesto de malformación del feto quedaba restringido a si había anomalía fetal
incompatible con la vida que cause un daño psíquico a la madre.
Respecto a las menores tenían obligación de tener el consentimiento paterno. En caso de problemas resolvería un juez.
El 22 de septiembre del 2014 Mariano Rajoy anuncia la retirada de su anteproyecto de contrarreforma del aborto por falta de consenso. Ruíz Gallardón ante semejante fracaso dimite y se va de la política.
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Rajoy elimina a uno de sus mayores contrincantes políticos.
La libertad de la maternidad es la que hace a las mujeres
auténticamente mujeres. Una frase para la historia.
El PP acaba de presentar una nueva reforma para impedir a las menores abortar sin permiso paterno.
El 14 de abril de 2015 el parlamento aprobó la consideración de la propuesta por 183 votos a favor de la reforma , 135 votos en contra y cuatro abstenciones.
Uno de los votos a favor de la reforma del aborto es de PdrSnchz que es el único socialista que ha votado con el PP.
¿Se aprobará esta modificación de la actual ley o los resultados electorales de mayo la enterrarán hasta nuevo aviso?
y digo yo... por qué los políticos no juegan a otras cosas y nos dejan en paz a las mujeres? COÑO.
y digo yo... por qué los políticos no juegan a otras cosas y nos dejan en paz a las mujeres? COÑO.
Verne, en El País, cosas que puedes hacer a los 16 años (y ninguna es abortar sin consentimiento paterno)
Con la aprobación de esta reforma, las menores de 18 años podrán trabajar, sacarse el carné de moto, pero no abortar. Estas son algunas de las alternativas una chica de 16 o 17 años tiene en España sin pedirle permiso primero a sus padres.
1. Trabajar: A partir de los 16 años, los menores pueden tener un contrato laboral 'normal' de 40 horas y adquieren todos los derechos y deberes de los trabajadores. Es decir, están sujetos a todo tipo de retenciones y cotizan como uno más a la Seguridad Social.
2. Tener relaciones sexuales con adultos: La reforma del Código Penal planteada por el Gobierno cambia el mínimo de edad para mantener relaciones sexuales consentidas con un adulto de los 13 a los 16 años.
3. Contraer matrimonio: La edad legal para poder casarse sin necesitar el consentimiento paterno son los 18 años. Ahora bien, a partir de los 16 es posible contraer matrimonio si solicitan la emancipación.
4. Tener responsabilidad ante la justicia: A los menores de edad se les aplican normas penales específicas y también les juzgan tribunales específicos. Pero de los hechos cometidos entre los 14 y los 18 años también se derivan responsabilidades penales. En estos casos, los tribunales específicos serán los encargados de determinar qué medidas se le administran al menor, como mandarlo a centros de internamiento pero nunca a centros penitenciarios.
5. Conducir motos: A los 14 años es posible obtener la licencia de conducción para ciclomotores. Para conducir motocicletas de hasta 125 cc si se obtiene el permiso A1 hay que tener 16 años desde 2010. Los coches tienen que esperar hasta los 18 años.
6. Dar el consentimiento para cualquier operación quirúrgica: La Ley de Autonomía del Paciente establece la mayoría de edad sanitaria en 16 años, por lo que el menor no necesita autorización legal para someterse o rechazar tratamientos. Hay tres excepciones: aborto, reproducción asistida y participar en ensayos clínicos.
7. Utilizar un arma de caza o deportiva: El artículo 109 del real Decreto 137/1993 del 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, establece que el uso de armas de categoría 3.2. para la caza está restringido a los mayores de 16 años y menores de 18 años, siempre que se encuentren en posesión legal de una autorización especial de uso de armas para menores y vayan acompañados de personas mayores de edad con licencia de armas, que no tienen por qué ser sus padres.
Con la aprobación de esta reforma, las menores de 18 años podrán trabajar, sacarse el carné de moto, pero no abortar. Estas son algunas de las alternativas una chica de 16 o 17 años tiene en España sin pedirle permiso primero a sus padres.
1. Trabajar: A partir de los 16 años, los menores pueden tener un contrato laboral 'normal' de 40 horas y adquieren todos los derechos y deberes de los trabajadores. Es decir, están sujetos a todo tipo de retenciones y cotizan como uno más a la Seguridad Social.
2. Tener relaciones sexuales con adultos: La reforma del Código Penal planteada por el Gobierno cambia el mínimo de edad para mantener relaciones sexuales consentidas con un adulto de los 13 a los 16 años.
3. Contraer matrimonio: La edad legal para poder casarse sin necesitar el consentimiento paterno son los 18 años. Ahora bien, a partir de los 16 es posible contraer matrimonio si solicitan la emancipación.
4. Tener responsabilidad ante la justicia: A los menores de edad se les aplican normas penales específicas y también les juzgan tribunales específicos. Pero de los hechos cometidos entre los 14 y los 18 años también se derivan responsabilidades penales. En estos casos, los tribunales específicos serán los encargados de determinar qué medidas se le administran al menor, como mandarlo a centros de internamiento pero nunca a centros penitenciarios.
5. Conducir motos: A los 14 años es posible obtener la licencia de conducción para ciclomotores. Para conducir motocicletas de hasta 125 cc si se obtiene el permiso A1 hay que tener 16 años desde 2010. Los coches tienen que esperar hasta los 18 años.
6. Dar el consentimiento para cualquier operación quirúrgica: La Ley de Autonomía del Paciente establece la mayoría de edad sanitaria en 16 años, por lo que el menor no necesita autorización legal para someterse o rechazar tratamientos. Hay tres excepciones: aborto, reproducción asistida y participar en ensayos clínicos.
7. Utilizar un arma de caza o deportiva: El artículo 109 del real Decreto 137/1993 del 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, establece que el uso de armas de categoría 3.2. para la caza está restringido a los mayores de 16 años y menores de 18 años, siempre que se encuentren en posesión legal de una autorización especial de uso de armas para menores y vayan acompañados de personas mayores de edad con licencia de armas, que no tienen por qué ser sus padres.
Cronología de lo que costó llegar a la primera ley de la IVE = interrupción voluntaria del embarazo
3 Enero 1983.
El Ministro de Sanidad Ernest Lluch anuncia la presentación de una Ley de Aborto para el mes de junio.
El Ministro de Sanidad Ernest Lluch anuncia la presentación de una Ley de Aborto para el mes de junio.
25 Enero 1983
El Consejo de Ministros decide sin inclusión previa en el orden del día introducir la despenalización del aborto en la reforma del Código Penal.
2 Febrero 1983.
El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de Ley de Aborto, destinada a introducir un nuevo artículo (417 bis) de despenalización del aborto en los casos de peligro para la madre (indicación terapéutica), violación (indicación ética) y taras del feto (indicación eugenésica).
8 Marzo 1983.
La Mesa del Congreso acepta que el proyecto de Ley sea tramitado por la vía ordinaria.
24 Mayo 1983.
Comienza el Pleno del Congreso que debate las enmiendas de totalidad de la oposición.
6 Octubre 1983.
El Pleno del Congreso aprueba la Ley socialista por 186 votos a favor, 109 en contra, 4 abstenciones y 48 ausencias. Comienza la tramitación de la Ley de aborto en el Senado.
15 Octubre 1983
Comienza la tramitación de la Ley de aborto en el Senado, donde el Grupo Popular presenta una enmienda de veto.
24 Noviembre 1983
La Ley de aborto, se dictamina en la Comisión de Justicia del Senado, sin modificaciones y solo con los votos socialistas.
30 Noviembre 1983.
El aborto queda definitivamente despenalizado.
2 Diciembre 1983.
El diputado José María Ruiz Gallardón en nombre del Grupo Popular, presenta recurso previo de inconstitucionalidad contra el proyecto de Ley de aborto, por entender que se vulneran siete artículos de la Carta Magna. La Ley es suspendida en su vigencia.
1 Marzo 1984.
El Grupo Popular propone pruebas científicas sobre el desarrollo de la vida al Tribunal Constitucional que había pedido una ampliación de alegaciones.
26 Julio 1984
El Tribunal Constitucional aplaza la sentencia hasta el mes de septiembre. Posteriormente habría más prórrogas.
26 Marzo 1985
El Tribunal Constitucional se reune para deliberar sobre la Ley del Aborto.
28 Marzo 1985
El Tribunal vuelve a reunirse para debatir el fallo.
1 Abril 1985
El Tribunal Constitucional vuelve a prorrogar otros treinta días el plazo para emitir sentencia.
11 Abril 1985.
El Tribunal Constitucional declara inconstitucional la Ley de Aborto socialista.
Argumentan que faltan garantías jurídicas para la protección de la vida del nasciturus. Se abre una nueva polémica sobre la interpretación de la sentencia.
12 Abril 1985.
El Presidente del Congreso, Gregorio Peces Barba, propone una vía de urgencia parlamentaria para dar cumplimiento a la sentencia sin necesidad de redactar un nuevo proyecto.
18 Abril 1985.
La oposición acepta la propuesta de Peces Barba.
19 Abril 1985
Se abre el plazo de enmiendas para la reforma del Proyecto. Los socialistas proponen una enmienda en la que se recoge la salud psíquica de la embarazada.
28 Mayo 1985.
El Pleno del Congreso aprueba la nueva Ley del aborto con sólo enmiendas socialistas.
25 Junio 1985.
El Pleno del Senado por 132 votos contra 35 y seis abstenciones aprueba el aborto con una nueva enmienda socialista: no será necesario el dictamen médico ni el consentimiento de la embarazada en caso de riesgo urgente.
27 Junio 1985.
Definitivamente la Ley es ratificada por el Pleno del Congreso. Sólo falta sanción del Rey y su promulgación.
JUAN CARLOS 1,
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley Orgánica.
Artículo único.
El artículo 417 bis del Código Penal queda redactado de la siguiente manera:
«1. No será punible el aborto practicado por
un médico, o bajo su dirección, en centro o establecimiento sanitario,
público o privado, acreditado y con consentimiento expreso de la mujer
embarazada, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
1.ª Que sea necesario para evitar un grave
peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada y así
conste en un dictamen emitido con anterioridad a la intervención por un
médico de la especialidad correspondiente, distinto de aquel por quien o
bajo cuya dirección se practique el aborto.
En caso de urgencia por riesgo vital para la gestante, podrá prescindirse del dictamen y del consentimiento expreso.
2.ª Que el embarazo sea consecuencia de un hecho
constitutivo de delito de violación del artículo 429, siempre que el
aborto se practique dentro de las doce primeras semanas de gestación y
que el mencionado hecho hubiese sido denunciado.
3.ª Que se presuma que el feto habrá de nacer
con graves taras físicas o psíquicas, siempre que el aborto se practique
dentro de las veintidós primeras semanas de gestación y que el
dictamen, expresado con anterioridad a la práctica del aborto, sea
emitido por dos especialistas de centro o establecimiento sanitario,
público o privado, acreditado al efecto, y distintos de aquel por quien o
bajo cuya dirección se practique el aborto.
2. En los casos previstos en el número
anterior, no será punible la conducta de la embarazada aún cuando la
práctica del aborto no se realice en un centro o establecimiento público
o privado acreditado o no se hayan emitido los dictámenes médicos
exigidos.»
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades que guarden y hagan guardar esta Ley Orgánica.
Palacio de la Zarzuela, Madrid, a 5 de julio de 1985.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
FELIPE GONZÁLEZ MÁRQUEZ
5 Julio 1985.
Promulgación de la Ley Orgánica 9/1985 de Reforma del artículo 417 bis del Código Penal.
Promulgación de la Ley Orgánica 9/1985 de Reforma del artículo 417 bis del Código Penal.
31 Julio 1985.
Publicación Orden Ministerial sobre centros sanitarios.
21 Noviembre 1985.
Publicación Real Decreto 2409/86 sobre centros sanitarios y dictámenes preceptivos.
Marzo 1986
Recurso al Supremo de la Asociación Provida.
26 Abril 1988.
El Tribunal Supremo desestima el Recurso presentado por Acción Familiar.
Posteriores pronunciamientos jurisdiccionales no han hecho sino confirmar la legitimidad constitucional de la regulación despenalizadora de determinados supuestos de aborto.
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